Onboarding en ISBE - Identidad de las organizaciones y de los empleados de las organizaciones - Credenciales verificables
- Introducción
- Primera fase: Verificación de la organización, firma del contrato y registro de la organización
- Verificar el correo electrónico de la persona que realiza el proceso
- Recoger información sobre la organización
- Recoger información sobre la persona nominada por la organización
- Generación de los documentos contractuales
- Firma de los documentos contractuales
- Recepción y verificación de los documentos contractuales
- Registro de la organización y creación de la cuenta inicial
- Segunda fase: Generación de la Credencial Verificable para el empleado designado
- Identificadores de organizaciones
Antes de poder interactuar en el ecosistema ISBE, una organización debe registrarse siguiendo el proceso de onboarding de ISBE, independientemente del motivo por el cual la organización desea unirse a ISBE (como por ejemplo añadir un nodo regular a una de las redes blockchain, publicar una solución en el Catálogo ISBE, etc.).
ISBE tiene una naturaleza única, como colaboración público-privada española con participación de la Administración pública y un objetivo sin ánimo de lucro. Por ello, el proceso de onboarding debe ser a la vez eficiente y jurídicamente seguro, altamente digital y automatizado, al tiempo que minimiza el trabajo manual para ISBE.
En este documento se describe un proceso de onboarding basado en firmas avanzadas o cualificadas usando certificados cualificados. Posteriormente. se describen también las posibles dificultades y puntos de fricción, principalmente para organizaciones en países diferentes a España, con una adopción más baja de la firma electrónica basada en dichos certificados.
Esto es importante porque en ISBE queremos soportar el onboarding de organizaciones no solo españolas sino de cualquiera que tenga sede o establecimiento en la UE/EEE, y a la vez queremos un proceso de onboarding/KYC mínimo pero robusto.
Note
Aunque todavía está pendiente el determinar exactamente la regulación aplicable a la futura entidad legal que operará ISBE, posiblemente algunos de los requisitos regulatorios clave sean:
- Directivas contra el Blanqueo de Capitales (AML/CFT):
- 5ª Directiva (UE) 2018/843 y 6ª Directiva (UE) 2021/1237, transpuestas en España por la Ley 10/2010.
- Requieren la verificación de la identidad de clientes empresariales ("Know Your Business Customer" o KYBC), incluyendo sede y beneficiarios reales.
- Reglamento de Servicios Digitales (DSA - Digital Services Act, Reglamento (UE) 2022/2065):
- Artículo 24: Obliga a las plataformas en línea a verificar la información de los "traders" (empresas que venden servicios/bienes).
- Exige recopilar, verificar y mantener datos actualizados de la empresa (nombre, dirección, registro legal, identificación fiscal).
- Reglamentos de Mercado Interior (e.g., Directiva de Servicios 2006/123/CE):
- Requieren no discriminar empresas de otros Estados miembro y basarse en registros oficiales para verificar su legitimidad.
- GDPR (Reglamento (UE) 2016/679):
- Aplica al tratamiento de datos personales durante el onboarding (ej. datos de representantes legales).
La utilización de certificados electrónicos cualificados en el marco eIDAS (que abreviaremos como "certificados eIDAS") para la firma de un contrato de la organización con ISBE simplifica significativamente el proceso de onboarding, ya que estos instrumentos tienen valor probatorio reforzado bajo el Reglamento eIDAS (UE 910/2014), además de minimizar el riesgo legal en caso de repudio de la firma.
Una estimación razonable es que el uso de QSeal o certificados de representación cualificados permite:
- Eliminar el 80% de la carga manual para ISBE (verificación de registros, poderes, documentos físicos).
- Mantener un nivel de certeza legal máximo (presunción reglamentaria bajo eIDAS) y reducir el riesgo para ISBE.
- Cumplir con DSA, AML y GDPR de manera eficiente (aunque es posible que se necesiten comprobaciones adicionales).
- Proporciona un mejor servicio ya que el proceso de onboarding es más sencillo y rápido al evitar mucho trabajo manual y muchos tipos de errores causados por el trabajo manual.
El proceso de onboarding no acaba con el registro de la organización en ISBE, sino que además debemos permitir que inmediatamente después del onboarding una persona nominada por la organización (puede ser cualquier empleado o incluso un colaborador) pueda hacer login en el portal administrativo de ISBE y realizar tareas por parte de la organización. Esta persona será nominada en el contrato firmado entre la organización e ISBE, para dar seguridad jurídica a sus actos en ISBE.
Es decir, el proceso de onboarding en ISBE se compone de dos fases:
- Primera fase: Verificación y KYC (Know Your Customer) de la organización, firma del contrato, verificación del mismo por parte de ISBE y registro de la organización en ISBE.
- Segunda fase: Generación de una Credencial Verificable para el empleado designado durante la primera fase. Esta Credencial Verificable es un mandato electrónico que el empleado utilizará para autenticarse ante ISBE y operar la cuenta de la organización.
Al final del documento se analiza también el tipo de identificador único que es más adecuado para este tipo de credenciales, de tal manera que se maximice el cumplimiento regulatorio, la interoperabilidad y su facilidad de implementación y adopción.
La primera fase consiste en los siguientes pasos:
- Verificar el correo electrónico de la persona que conduce el proceso
- Recoger información sobre la organización y sobre el empleado que actúa en nombre de la organización en ISBE
- Generar automáticamente los documentos contractuales incluyendo esa información
- Un representante legal de la organización firma los documentos contractuales
- Recepción y verificación de los documentos contractuales por ISBE
- Registro de la organización y creación de la cuenta inicial en ISBE
Debemos permitir que la persona que gestione el proceso de onboarding por parte de la organización sea un empleado normal, en lugar de exigir que lo realice un representante legal de la organización. Posteriormente, esta persona deberá presentar uno o más documentos firmados por un representante legal de la organización para garantizar la seguridad jurídica del proceso de onboarding.
De esta manera, facilitamos a las organizaciones el iniciar el proceso de onboarding, reducimos la fricción y bajamos la barrera de entrada, pero consiguiendo un nivel alto de certeza legal.
En cualquier caso, quien gestiona el proceso debe verificar inicialmente su dirección de correo electrónico. Esto se logra de la siguiente manera, habitual en este tipo de situaciones:
- Se muestra un formulario simple en la página de onboarding de ISBE.
- La persona ingresa su nombre y correo electrónico.
- El sistema de onboarding de ISBE envía un correo electrónico a la dirección especificada con un mecanismo de verificación (un código de verificación único).
- La persona utiliza el código para verificar su dirección de correo electrónico.
- El sistema de onboarding de ISBE almacena el registro con esa dirección de correo electrónico y permite que la persona continúe con el proceso.
Por supuesto, el formulario debe contener los textos y mecanismos de cumplimiento de GDPR, entre otros.
La persona que gestione el proceso deberá aceptar los términos y condiciones de ISBE. La aceptación se registrará en la base de datos de onboarding.
La persona que gestiona el proceso ingresará información sobre la organización. El formulario anterior es solo un ejemplo, y hay que decidir los datos que se piden.
Limitación del país : Solo permitimos organizaciones que tengan la sede constituida en un país de la UE/EEE, o un representante legal en un país de la UE/EEE. El usuario debe seleccionar el país de una lista de países permitidos. Comprobaremos que el país sea correcto al verificar posteriormente la firma electrónica del contrato que la organización enviará a ISBE. Es decir, el código de país que se encuentra dentro del campo 'Subject' del certificado cualificado usado para la firma PAdES del contrato debe coincidir con el país seleccionado en el formulario.
En esta sección se identifica a la persona que actuará como LEAR de la organización.
El LEAR es el Representante Designado de la Entidad Legal y puede ser cualquier persona autorizada por un representante legal de la organización para actuar en nombre de la organización dentro del ecosistema ISBE.
Esto es necesario porque, normalmente, el representante legal de la organización no puede realizar las operaciones diarias requeridas en ISBE. Permitimos que la organización (su representante legal) designe a una persona para que actúe en su nombre ante ISBE.
La información del formulario será incluida en el documento PDF que se generará automáticamente y que deberá firmar un representante legal de la organización.
Cualquier persona mayor de edad puede ser designada como LEAR de una entidad. No existe ninguna otra limitación al respecto.
Esto significa que una entidad puede designar como LEAR tanto a un empleado (independientemente de su posición en la empresa) como otro tipo de colaborador.
Sin embargo, la entidad que designe a un LEAR debe considerar cuidadosamente quién es la persona adecuada para desempeñar el cargo.
Esta persona debe ser alguien de confianza para la dirección de la entidad y con las cualificaciones y habilidades adecuadas para ocupar este puesto, ya que sus acciones pueden generar responsabilidades legales para la entidad.
Además, una misma persona puede ser designada como LEAR por más de una entidad.
El sistema de onboarding genera automáticamente documentos contractuales (idealmente solo uno) utilizando la información proporcionada en los formularios descritos anteriormente. Los documentos están en formato PDF y deben ser firmados por un representante legal de la organización y luego subidos al portal ISBE para continuar con el proceso de onboarding.
Los documentos deben ser firmados electrónicamente utilizando un certificado cualificado emitido por un QTSP a la organización, bien sea un certificado cualificado de representación o un certificado cualificado de sello. Llamaremos genéricamente a esos certificados como certificados organizativos eIDAS.
Los certificados organizativos eIDAS gozan de una amplia adopción en España y son la piedra angular de la confianza, la validez legal y la interoperabilidad en los sistemas estructurados de intercambio de datos españoles. Proporcionan las garantías necesarias de identidad, integridad y no repudio, esenciales para la transformación digital de los procesos administrativos y comerciales.
En ISBE se deben evitar las firmas manuscritas, ya que implican procesos manuales costosos y engorrosos. Si esto no se puede evitar, debe tratarse como un procedimiento excepcional y reducirse al mínimo posible.
Note
Hay que decidir si se acepta un contrato sellado (con un certificado cualificado de sello) o si solo aceptamos firmas (con un certificado cualificado de representante). Permitir sellos puede facilitar mucho el onboarding automatizado de organizaciones de otros países donde los certificados de representante no estén tan implantados como en España.
A primera vista, un sello debería ser suficiente para el onboarding de ISBE, y evita solicitar copias físicas del certificado mercantil y verificación manual en registros mercantiles nacionales (ej. vía e-Justice). Pero todo depende de si necesitamos la vinculación de un representante legal.
A primera vista puede parecer que el requerimiento de la firma del contrato con un certificado cualificado complica la vida a las empresas que quieren entrar en ISBE, sobre todo a las PYMES.
En cambio, el requerir un certificado cualificado es la estrategia recomendada por diversas razones:
En España el nivel de adopción en la empresa de firma electrónica con certificado cualificado es muy alto, por la obligación que tienen las empresas de relacionarse electrónicamente con la Administración pública. En caso de que una empresa no quiera realizar los trámites con la Administración de manera electrónica, puede usar un Gestor Administrativo (o una Gestoría), que si tienen la obligación y capacidad de usar certificado electrónico para identificación y firma electrónica de documentos.
En ISBE debemos poder aceptar documentos firmados directamente por un representante legal de la organización, o por un Gestor Administrativo actuando en representación de la organización. Con esto se puede considerar que cubrimos la totalidad de organizaciones que son susceptibles de participar directamente en ISBE (y que por tanto deben realizar el proceso de onboarding).
Por otra parte, la firma electrónica es el mecanismo más eficiente y seguro de conseguir interoperabilidad en las transacciones electrónicas en el mercado interior de la UE. Y es por eso que se está promocionando en todos los ámbitos, especialmente en el EUDIW. Requerir firmas electrónicas con certificado cualificado hace de ISBE una entidad alineada y promotora de la estrategia de la UE.
Para las organizaciones de países de la UE/EEA diferentes a España, donde la adopción actual de firma electrónica es menor, el escenario no es muy diferente:
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Si no se usa un certificado cualificado, ISBE debe realizar el proceso manual de verificación de la identidad de la organización y del representante legal, y la organización debe proporcionar esencialmente los mismos documentos que son necesarios para la obtención de un certificado cualificado. En este caso, el nivel de verificación realizado por ISBE seguramente será inferior al realizado por una entidad especializada, y en cambio para la organización no se simplifica el proceso significativamente.
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La alternativa (que es la opción recomendada) es que la organización que no tenga ya el certificado cualificado lo obtenga de cualquiera de las muchas entidades Europeas que se lo pueden proporcionar. Es posible incluso solicitar un certificado cualificado a un QTSP que no es de su mismo país, ya que hay muchos que proporcionan el servicio a cualquier país de la UE/EEA, con identificación remota por videoconferencia. Y el precio de un certificado es menor que el equivalente monetario de una verificación manual por ISBE si la tuviéramos que realizar nosotros, que además tendría una calidad inferior ya que ISBE no es un QTSP.
En resumen:
- Si una organización ya tiene un certificado cualificado, no es ningún problema para ella el firmar el documento, y para ISBE es mucho mejor que verificar una firma manuscrita (que puede ser un simple copia/pega de una firma).
- Si la organización no la tiene, el proceso de obtención del mismo para darse de alta en ISBE no representa ni más tiempo ni más esfuerzo que el que requerido para hacer el onboarding si ISBE tuviera que hacer manualmente las verificaciones.
El portal de onboarding de ISBE permite a las organizaciones subir los documentos contractuales firmados, asociados a la instancia del proceso de onboarding iniciado en los pasos anteriores.
El proceso de onboarding de ISBE realiza algunas verificaciones automáticas (como verificación de firma) y notifica a un empleado de ISBE que hay un proceso de onboarding pendiente para revisión y aprobación manual.
Tras la aprobación por parte de un empleado de ISBE, la nueva organización se registra en ISBE y se crea una cuenta de la organización con los datos iniciales. Inmediatamente después, y de forma automática, el sistema de onboarding de ISBE genera una Credencial Verificable para el empleado designado durante la primera fase.
Esta Credencial Verificable cumple dos propósitos al mismo tiempo:
- Como mecanismo de autenticación para el empleado, sirviendo como identidad digital de ese empleado en ISBE y con otros participantes que acepten la credencial como mecanismo de autenticación.
- Como mandato , acreditar que el empleado ha sido autorizado por la organización (en rigor, por un representante legal de la organización) para realizar actividades específicas en nombre de la organización.
En muchas organizaciones, el representante legal no tiene tiempo o no desea participar en las operaciones diarias de ISBE (ni con otras partes). Por eso necesitamos un mecanismo que permita a la organización nominar o designar a un empleado y delegar un conjunto específico de poderes suficientes para realizar las actividades de ISBE.
En el contexto de ISBE, podemos lograr esto mediante un documento firmado por la organización con el mismo certificado utilizado para firmar los demás documentos contractuales. El documento debe designar explícitamente a un empleado para que actúe en nombre de la organización, y si confiamos en la firma, no tenemos que realizar ninguna verificación sobre dicho empleado.
El documento de nombramiento debe presentarse como parte del proceso de onboarding, junto con los demás documentos (aunque igual es posible realizar todo con un solo documento).
Tras el registro de la empresa, ISBE genera automáticamente una Credencial Verificable para el empleado designado durante la primera fase. El empleado la utilizará para autenticarse en el portal ISBE o ante cualquier otra entidad dispuesta a aceptar la credencial como mecanismo de autenticación (porque confían en el proceso que ISBE utiliza para emitir la credencial verificable).
En cierto sentido, esta Credencial Verificable es la identidad del empleado cuando actúa en nombre de la organización. Si bien se emite como parte del proceso de onboarding en ISBE, no se limita a ISBE, ya que se basa en un documento firmado por la organización, que acredita que la persona identificada en la credencial es un empleado.
Pero no nos detenemos aquí: queremos permitir que más de un empleado actúe en nombre de la organización, y que cada empleado tenga diferentes capacidades, según lo determine la propia organización. Por ejemplo, la organización puede querer designar a un empleado del departamento de finanzas para realizar operaciones financieras con terceros y a uno o más empleados del departamento de TI para realizar operaciones técnicas (no financieras).
Esta segunda fase se realiza automáticamente después de la primera fase y consta de los siguientes pasos:
- Se emite una Credencial Verificable al empleado identificado durante la primera fase
- El empleado acepta la credencial y la almacena en una cartera digital compatible con EUDI
- El empleado utiliza la credencial para autenticarse en el portal ISBE para completar el proceso de onboarding, por ejemplo:
- Proporcionar información completa sobre la organización, como logotipo, mensajes comerciales, etc.
- Emitir credenciales verificables adicionales a empleados adicionales con poderes específicos para permitirles realizar algunas operaciones en el ecosistema ISBE.
- Añadir ofertas de productos y publicarlas en el Marketplace de ISBE, para ganar visibilidad y facilitar la venta de los servicios.
Como se ha mencionado antes, queremos permitir que la organización designe a uno o más empleados, posiblemente cada uno con diferentes autorizaciones para operaciones específicas. Cuando el empleado actúe en nombre de la empresa, deberá presentar al tercero (Relying Party) un documento que especifique los tipos de operaciones que la organización le ha autorizado a realizar.
Esto normalmente se hace con un mandato , que puede describirse como:
Un mandato es un conjunto de una o más autorizaciones otorgadas por una entidad identificada (el poderdante) a otra entidad identificada para realizar acciones bien definidas con consecuencias legales en nombre y por cuenta de la primera. En términos generales, los mandatos pueden ser unilaterales (otorgados unilateralmente por el mandante), contractuales (p. ej., un mandato otorgado a un contable), estatutarios (p. ej., un mandato del director general para representar a una persona jurídica) o legales (p. ej., un mandato del padre para representar a su hijo).
En el contexto de ISBE, nos ocupamos únicamente de un tipo de mandato contractual, donde el representante legal designa a un empleado y le otorga un subconjunto específico de poderes, aquellos necesarios para interactuar con ISBE o en el contexto del ecosistema ISBE.
Este mandato es sólo un acuerdo entre las partes (el representante legal, el empleado e ISBE), y no requiere reconocimiento "público" (por ejemplo, por un notario o cualquier otra entidad regulada).
Normalmente, esto se hace con un documento PDF que es firmado por el representante legal y por el empleado (para aceptar explícitamente los poderes otorgados), y es reconocido y aceptadoT por el tercero (ISBE y participantes en ISBE, en este caso).
Para mejorar la eficiencia, en vez de un PDF usaremos una Credencial Verificable para implementar un mandato electrónico, que en el futuro puede evolucionar a una (Q)EAA.
Al igual que en la versión PDF, esta Credencial Verificable se compone de varios objetos relacionados: mandator , mandatee , power y signature . El mandato se firma o sella con una firma o sello avanzado o cualificado mediante un certificado eIDAS. Idealmente, se utiliza un certificado de representación para la firma del mandato (la Credencial Verificable).
La siguiente imagen representa la estructura de dichas credenciales.
El "mandator" identifica al empleado de la empresa que delega una parte de sus facultades en el "mandatee". El "mandator" es:
- un representante legal de la empresa , de acuerdo con los registros oficiales asociados a la constitución de la organización (por ejemplo, el registro mercantil del país de constitución); o
- Un empleado que es mandatee en otro mandato donde el "mandator" es representante legal de la empresa. No se admiten más de dos niveles de delegación.
La sección Mandator incluye siempre la identificación de la organización, es decir, el organizationIdentifier descrito en secciones anteriores.
El "mandatee" es la persona facultada para representar (y actuar como) a la empresa en determinadas acciones con terceros . Las facultades otorgadas al "mandatee" deben ser un subconjunto de las facultades del mandante. Por ejemplo, un empleado (el "mandatee") puede ser facultado por el representante legal de la empresa (el mandante) para realizar el proceso de onboarding en ISBE.
El objeto "mandatee" identifica al empleado en quien se delega un subconjunto de facultades. El objeto "mandatee" contiene:
- Un conjunto de atributos del empleado (p. ej., nombre, apellidos, correo electrónico) requeridos por el caso de uso específico donde se utilizará la Credencial Verificable. Estos atributos pueden considerarse equivalentes a los campos que se rellenarían en un formulario al utilizar un documento PDF tradicional para autorizar a un empleado.
- Una clave pública asociada al empleado , donde este es el único responsable de la clave privada asociada. Esto es necesario para permitir el uso de la Credencial Verificable que contiene el mandato como un mecanismo de autenticación y autorización eficiente, escalable y seguro . Se ampliará este tema más adelante en este documento. La clave privada controlada por el empleado se utiliza para demostrar a las partes que confían en la Credencial Verificable que el titular y el presentador de la credencial son la misma persona identificada en el objeto del mandato.
Una lista de cada facultad específica delegada del "mandator" al "mandatee". Las facultades deben ser concretas y lo más limitadas posible, y deben seguir una taxonomía con una semántica bien definida.
En ISBE, debemos especificar una taxonomía de poderes orientada a las interacciones esperadas. Esto significa que las acciones están bien definidas, son homogéneas y están estandarizadas para el ecosistema. Básicamente, estamos reemplazando los mecanismos actuales para los Mandatos (por ejemplo, en papel o PDF) por una representación más eficiente y legible por máquina en forma de Credencial Verificable.
Nuestra Taxonomía de Poderes podría generalizarse a otras acciones que involucren a empresas del sector privado, pero está fuera del alcance de esta versión del documento.
La firma se realiza por el "mandator" o por un tercero que certifica que el "mandator" realmente delegó las facultades al "mandatee". El firmante es la entidad que realiza una firma o sello avanzado o cualificado mediante un certificado eIDAS.
El firmante es la entidad en la que debe confiar el receptor de la credencial verificable.
En ISBE exigimos que la firma electrónica de la Credencial Verificable que representa el mandato se realice de forma equivalente a su homóloga analógica (el documento PDF): debe firmarse con firma avanzada o cualificada utilizando un certificado cualificado de firma electrónica emitido a nombre de un representante legal o de la organización (lo que llamamos certificado de representación).
Alternativamente, se puede firmar por un tercero de confianza que atestigüe el contenido de la credencial.
De esta forma, la Credencial Verificable tiene el mismo nivel de seguridad legal que el PDF equivalente, pero es mucho más eficiente de verificar: el PDF requiere la verificación manual del texto que contiene, mientras que la verificación de la credencial se puede automatizar gracias a su formato legible por máquinas.
Esto significa que la Credencial Verificable se puede usar en cualquier lugar donde se utilice el PDF, con el mismo nivel de riesgo y seguridad jurídica, pero el procesamiento puede ser instantáneo, en comparación con los tiempos de procesamiento más largos típicos de un proceso basado en PDF.
La Credencial Verificable mencionada anteriormente requiere uno o más identificadores únicos de las organizaciones involucradas. Como mínimo se necesita en el atributo issuer de la credencial, que debe ser el identificador único de la organización que firma la credencial.
Dado que la firma de la credencial es una firma cualificada o una firma avanzada con certificado cualificado, el mecanismo mas sencillo, eficiente y compatible es usar el atributo organizationIdentifier que el QTSP ha incluido en el campo Subject del certificado cualificado usado para la firma.
En España, este atributo coincide con el Número de Identificación Fiscal (NIF), que es el identificador fundamental utilizado en la práctica totalidad de los sistemas de intercambio de datos estructurados, tanto en las interacciones entre empresas y la Administración Pública (B2G) como entre empresas entre sí (B2B), debido a su naturaleza jurídica y fiscal.
El NIF (Número de Identificación Fiscal) es también el identificador único, crucial y consistente de la entidad emisora en los documentos dirigidos a los ciudadanos en España. Es un requisito universal para fines legales, fiscales y comerciales.
No obstante, para poder interoperar en los ecosistemas que esperan un identificador en formato did en ciertos campos de una Credencial Verificable (como en el atributo issuer), en vez de utilizar directamente el atributo organizationIdentifier del certificado cualificado, usaremos el DID Method did:elsi que está basado en el contenido del certificado cualificado y proporciona la interoperabilidad necesaria.
El método did:elsi es un método DID para personas jurídicas , que conecta el mundo del reglamento eIDAS con el mundo de las Credenciales Verificables, maximizando al mismo tiempo el cumplimiento regulatorio y la descentralización .
La especificación completa del método did: se puede encontrar en DID ETSI Legal person Semantic Identifier Method Specification (did:elsi), pero aquí hacemos un breve resumen.
Por ejemplo, el identificador DID de Alastria es did:elsi:VATES-G87936159, ya que el NIF de Alastria es G87936159 y la cadena VATES-G87936159 corresponde al atributo organizationIdentifier incluido en el certificado eIDAS emitido por un proveedor de servicios de certificación cualificado (QTSP) para Alastria. Por ejemplo, en el certificado de representación utilizado por el presidente de Alastria para firmar documentos.
Es así de simple: El método es puramente derivativo y se basa en el atributo organizationIdentifier de los certificados eIDAS. Esto significa que es extremadamente fácil de administrar, no requiere búsquedas en ningún registro ni base de datos adicional y el documento DID no necesita contener la propiedad "verificationMethod" porque es implícito.
Cualquier organización que pueda operar en la economía digital y que pueda firmar digitalmente un documento utilizando una firma cualificada o avanzada con certificado cualificado válida en la UE (como una factura o un contrato) ya tiene un identificador DID bajo el método did:elsi sin ninguna acción adicional y que puede ser utilizado sin ninguna intervención de terceras entidades.
El uso de did:elsi en ISBE es superior a otras opciones, como las que "inventan" un nuevo identificador en ISBE (por alguna entidad de gobernanza centralizada) o dejar que las organizaciones "inventen" un nuevo identificador de su elección.
A continuación se presenta una breve comparación del método did:elsi con el did:isbe, basada en la documentación disponible actualmente para ambos métodos.
Madurez
- 🟩 elsi: Está en producción en un contexto internacional desde hace más de un año.
- 🟥 isbe: Está todavía en diseño, y faltan detalles críticos.
Posibilidad de firma cualificada o avanzada con certificado cualificado
-
🟩 elsi: Está basado en certificado cualificado emitido por cualquier QTSP Europeo, y para la credencial requiere firma cualificada (certificado cualificado y QSCD) o firma avanzada con certificado cualificado (certificado cualificado sin QSCD).
Aunque eIDAS no requiere certificado cualificado para una firma avanzada, tanto el ENS como muchas aplicaciones sectoriales (por ejemplo banca o salud) requieren un certificado cualificado aunque se use una firma avanzada, cuando el nivel de seguridad requerido es medio o alto. Por esto, las Credenciales Verificables que usan
did:elsison compatibles con los requerimientos de los entornos mencionados. -
🟥 isbe: El documento de diseño no define el marco específico, políticas y entorno regulatorio en el cual se generan las claves privadas, pero de la documentación que existe se puede deducir que no se pueden conseguir ni firmas cualificadas ni firmas avanzadas con certificado cualificado.
Esto quiere decir que los sectores y aplicaciones que requieren una firma con certificado cualificado no pueden usar Credenciales Verificables basadas en
did:isbe. Por ejemplo, la Administración pública (por el ENS). Esto incluye, por cierto, a las Universidades.
Facilidad de adopción por el sector público
- 🟩 elsi: Para las administraciones públicas que actualmente emiten y reciben documentos firmados electrónicamente, una Credencial Verificable con una firma JAdES usando
did:elsicomo identificador único se puede considerar como un documento emitido/recibido en un formato adicional, simplemente con un mecanismo de transmisión diferente (OID4VCI/OID4VP). El identificador único de la organización es exactamente el mismo que usan actualmente (con la única diferencia de un prefijo constante). En emisión se puede usar el mismo certificado que se usa para la firma/sello de los otros documentos, y en recepción el proceso de verificación de firma de la organización o representante y sus consideraciones legales/cumplimiento son muy parecidas. - 🟥 isbe: Falta información de detalle en como realiza el proceso de firma en
did:isbe, pero de la documentación que existe se puede deducir que en emisión el proceso es diferente al que usan actualmente (al menos la gestión del material criptográfico), y además existen dudas sobre el tipo de firma que se puede conseguir (desde luego, nunca puede ser una firma cualificada o una firma con certificado cualificado), ya que el proceso de generación de la clave privada y artefactos asociados no cumple con los requerimientos necesarios para ello. Esto puede complicar mucho la adopción e integración de credenciales usando este método, en cuanto al cumplimiento regulatorio de la Administración pública.
Facilidad de adopción por el sector privado
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🟩 elsi: Aplican las mismas consideraciones que en el sector público, aunque en entornos B2B se podrían llegar a acuerdos que utilizaran did:isbe, si las entidades privadas están dispuestas a aceptar el riesgo legal y operacional asociado.
No obstante, al menos para entidades privadas en sectores regulados, es dudoso que los responsables de cumplimiento acepten esos riesgos asociados al did:isbe, cuando existe la opción del did:elsi que tiene casi las mismas implicaciones que los sistemas de firma usados actualmente.
Además, en cuanto las entidades privadas deban interactuar con la Administración pública, aplican las mismas consideraciones que para la Administración pública.
-
🟥 isbe: Ver la justificación en el punto de did:elsi.
Generación del identificador
- 🟩 elsi: Generado por las autoridades competentes en cada país miembro. El identificador es uno de los identificadores únicos asociados a la organización y de obligado uso por la regulación en su campo de utilización.
- 🟥 isbe: Generado aleatoriamente, y en principio no asociado a la identidad real de la organización. Para que se pueda usar en interacciones electrónicas relevantes es necesario que algo o alguien realice la asociación, con un nivel de confianza suficiente (que en muchos casos debería ser de nivel alto, según el ENS).
Asociación del identificador con la identidad real de la organización
- 🟩 elsi: Asociado por la entidad regulada correspondiente, cuando se genera el identificador. Hay una relación simple bidireccional entre el DID y un identificador único asociado por una entidad regulada a la organización. A partir del DID se puede obtener la identidad real de la organización sin necesidad de una entidad intermedia diferente de las reguladas, y sin consultar a ningún repositorio mantenido por entidades diferentes (como ISBE o su red).
- 🟥 isbe: Asociado por un mecanismo no regulado y con nivel de confianza por determinar. En la documentación del método
isbetodavía no está definido si la asociación será como una declaración responsable o si en ISBE se realizará una validación de la asociación entre el identificador y la identidad real de la organización. En cualquiera de los dos casos, impide realizar firmas cualificadas o incluso avanzadas con certificado cualificado, a menos que ISBE se constituya en un QTSP.
Interoperabilidad fuera del ecosistema ISBE
- 🟩 elsi: El identificador tiene relación 1:1 con alguno de los identificadores únicos oficiales de la organización reconocidos a nivel pan-Europeo (incluso global, como el LEI) y además está asociado por un QTSP con material criptográfico que permite demostrar a la organización esa asociación con un nivel alto de confianza. El uso de did:elsi no está ligado a ISBE y se puede usar fuera del ecosistema por organizaciones que no necesitan ni pertenecer a ISBE ni usar APIs u otros mecanismos específicos a ISBE. Incluso en el caso extremo de que ISBE desapareciese, el mecanismo did:elsi por su naturaleza, seguiría funcionando.
- 🟥 isbe: Solo aplicable a ecosistema ISBE, requiere que las organizaciones que lo usen pertenezcan a ISBE o usen APIs de terceros que estén en ISBE. Si ISBE desaparece, el mecanismo deja de funcionar, por su alta dependencia.
Rol de ISBE y descentralización
- 🟩 elsi: El mecanismo no depende de ISBE, sino del marco global Europeo eIDAS/eIDAS2 y su infraestructura distribuida, por lo que se consigue la máxima descentralización posible con alto cumplimiento regulatorio. ISBE no tiene ninguna capacidad técnica para modificar la parte core del DID Document, por lo que incluso un compromiso de todo ISBE no afecta a la seguridad del método did:elsi.
- 🟥 isbe: ISBE tiene la capacidad técnica para modificar cualquier DID Document, y debe realizar un ejercicio consciente de voluntad para no asumir un rol centralizado de control. Un compromiso de ISBE puede comprometer la seguridad del DID Document asociado (al menos no existe ningún documento que detalle como se podría evitar este problema con el did:isbe).
Robustez y resiliencia
- 🟩 elsi: Alta, esencialmente la misma robustez y resiliencia que los mecanismos actuales de firma electrónica en la UE, existentes desde hace una década. No hay ninguna entidad nueva que requiera infraestructura nueva y no probada.
- 🟥 isbe: Desconocida, por no existir ninguna implementación en producción todavía. Pero de la documentación existente se deduce que la dependencia de ISBE es muy alta, por lo que su robustez y resiliencia es mucho menor que para did:elsi.
Multiplicidad de identificadores para una misma organización
- 🟩 elsi: Una organización puede tener diferentes identificadores únicos, pero deben ser alguno de los identificadores únicos oficiales que deben ser usados obligatoriamente en los ámbitos correspondientes. Por ejemplo, en la relación con la Administración pública española, una empresa se debe identificar con el NIF, tanto para la contratación, facturación, notificaciones, etc. Cualquier Credencial Verificable que sea usada en este ámbito debe usar como identificador único el NIF, nunca otro identificador no reconocido "inventado".
- 🟥 isbe: Se basa en potencialmente múltiples identificadores únicos no reconocidos y que no se pueden usar en la mayoría de los casos en que una empresa intercambia Credenciales Verificables con otras empresas, ciudadanos o la Administración pública española.
Privacidad
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🟨 elsi: El identificador único oficial de una organización es público y consultable en los repositorios oficiales. Esto no es un problema en las Credenciales Verificables, y ocurre lo mismo en cualquier otro documento de cualquier formato intercambiado por la organización.
Si por algún motivo algún caso de uso o aplicación quiere grabar cierta actividad de la organización en una red Blockchain (o en cualquier otro repositorio público), y la organización no desea que esa actividad sea pública, entonces la aplicación debe tomar las precauciones apropiadas para "enmascarar" en esa grabación de actividad en Blockchain el identificador y cualquier otro dato que permita identificar a la organización.
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🟨 isbe: El identificador único usado en
did:isbese genera aleatoriamente, pero debe existir algún proceso en el que se asocia a la identidad real de la organización y se hace pública esa asociación, para que otras entidades puedan realizar las verificaciones oportunas (por ejemplo cuando se resuelve el did en un DID Document). La documentación dedid:elsidisponible menciona que esa asociación se realiza en el proceso de onboarding, y luego aparece de manera pública en el DID Document.Eso implica que, al igual que pasa con
did:elsi, se deben tomar medidas de "enmascaramiento" del identificador cuando se desea privacidad para cierta actividad de la organización grabada en Blockchain.
Como resumen, con did:elsi se consiguen las siguientes propiedades:
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Validez legal : Con otros métodos DID, la firma de la Credencial Verificable no puede ser una firma avanzada/cualificada según eIDAS, por lo que ofrece menor seguridad jurídica y puede resultar más engorrosa en caso de disputas o repudio de la firma. Con
did:elsi, dado que la clave privada utilizada para firmar es la asociada al certificado eIDAS y el identificador único de la organización está incluido en el certificado utilizado para firmar, se proporciona el vínculo legal necesario para que la firma tenga la misma validez que una firma manuscrita (en el caso de una Firma/Sello Electrónico Cualificado) o un fuerte valor probatorio (en el caso de una Firma/Sello Electrónico Avanzado). -
Escalabilidad : Con
did:elsi, cualquier organización que pueda operar en la economía digital de la UE (did:elsino se limita a España ni a ISBE) y que pueda firmar digitalmente un documento con firma avanzada o cualificada (como una factura o un contrato) obtiene automáticamente un identificador DID, sin necesidad de acciones adicionales ni intervención de terceros. En otras palabras, no es necesario que ninguna parte de confianza de ISBE participe en la generación o gestión del identificador único de la organización utilizado endid:elsi. No es necesario establecer un proceso para la creación de nuevos identificadores, ya que estos ya existen y cuentan con reconocimiento oficial. -
Baja barrera de entrada : En España, la adopción de certificados eIDAS por parte de las organizaciones es muy alta, y se asume que el perfil de las organizaciones que participarán en ISBE (utilizando Credenciales Verificables, Blockchain y tecnologías relacionadas) está orientado a la tecnología y altamente digitalizado. Usar un certificado eIDAS nunca debería ser un problema para estas organizaciones. Además, el proceso de onboarding en ISBE requiere la firma electrónica de algunos documentos, por lo que las organizaciones deben usar un certificado eIDAS de todas formas.
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Resiliencia : Otros métodos como
did:alaodid:ebsirequieren que los identificadores y los documentos DID asociados se registren en la red blockchain para su resolución y otros procesos.did:elsise basa en el marco e infraestructura eIDAS existente, que lleva muchos años en producción, está regulado, auditado y debe cumplir con todos los requisitos de ciberseguridad. Por lo tanto,did:elsino requiere infraestructura nueva ni adicional en ISBE. La resolución de un did es prácticamente idéntica a la verificación de una firma eIDAS, un proceso bien conocido y de probada fiabilidad. -
Más fácil para ISBE : Si creáramos nuevos identificadores (ya sea de forma centralizada por ISBE o por cada organización), tendríamos que realizar un costoso proceso de validación para garantizar que el nuevo identificador se asigne a la organización real. Con
did:elsi,evitamos la verificación, ya que esta ya la realiza el proveedor de servicios de certificación cualificados (QTSP) que emitió el certificado para la firma/sello de la organización, como parte del proceso de inclusión de un identificador oficial en el certificado. Este proceso tiene un nivel de seguridad (NdA) alto, algo que ISBE no puede lograr (a menos que ISBE sea un QTSP, claro está). -
Mayor interoperabilidad : Además, la creación de nuevos identificadores y la validación en ISBE limitan el uso de los identificadores a ISBE. El uso de los identificadores oficiales que ya cuentan con reconocimiento transfronterizo en la UE es una opción mucho mejor que permite una mayor interoperabilidad.
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Actualizabilidad automática : En
did:elsi,el material criptográfico asociado al identificador único de la organización se crea y gestiona de forma totalmente compatible con eIDAS, con pleno soporte regulatorio. Su ciclo de vida completo (inicialización, creación, revocación y actualización) ya es bien conocido y cumple con la normativa eIDAS. En otros métodos DID, comodid:alaodid:ebsi, este proceso debe implementarse desde cero y no se ha probado en producción, por lo que están sujetos a numerosos errores y problemas, al menos al principio.Otros métodos DID deben definir cómo actualizar las claves privadas y públicas y cómo garantizar que estén realmente asociadas a la identidad real de la organización. Toda esta complejidad no existe con
did:elsi; mejor dicho, esta complejidad ya se implementó hace muchos años y cumple plenamente con el reglamento eIDAS.
El sistema descrito anteriormente se alinea bien con el enfoque utilizado en el ecosistema EUDI Wallet para el onboarding y el registro de las "wallet-relying parties" en el ecosistema EUDIW: el reglamento eIDAS2 especifica que el onboarding requiere uno o más identificadores de la organización, tal como se indica en un registro oficial junto con los datos de identificación de ese registro oficial, expresados como uno de los siguientes:
- un número de registro del impuesto sobre el valor añadido (VAT) (es el NIF en España);
- un número de registro e identificación de operadores económicos (EORI), tal como se contempla en el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1352/2013 de la Comisión (1);
- un identificador de entidad jurídica (LEI) según lo dispuesto en el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1860 de la Comisión (2);
- un identificador único europeo (EUID), tal como se contempla en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1042 de la Comisión (4);
- un número de registro tal como figura en un registro mercantil nacional reconocido a nivel de la UE.
Esto se logra fácilmente exigiendo que las organizaciones utilicen un certificado emitido por un QTSP.
La idea clave es que el certificado X.509 emitido por los proveedores de servicios de certificación cualificados (QTSP) ya incluye, por normativa, un atributo denominado organizationIdentifier, que contiene uno de los identificadores oficiales únicos mencionados anteriormente. No nos importa qué identificador se utilice, siempre que sea único. Sin embargo, en España, el identificador casi siempre es el NIF (esto aplica a las organizaciones del sector privado).



